La Justicia resolvió que el menor inimputable acusado de asesinar a Mateo Yagame en la localidad platense de Los Hornos continuará alojado en un dispositivo de resguardo por al menos dos meses más. La decisión fue adoptada tras una nueva instancia de evaluación judicial, en la que se concluyó que no están dadas las condiciones mínimas necesarias para analizar una eventual liberación o modificación de la medida vigente.
El fallo no solo se apoya en la gravedad del hecho investigado, sino también en una serie de irregularidades y demoras que quedaron expuestas durante el último año en el abordaje institucional del caso. Entre los puntos centrales señalados por el magistrado interviniente se encuentra la ausencia de informes técnicos actualizados y el incumplimiento de medidas que habían sido ordenadas oportunamente para evaluar la evolución del menor.
El crimen de Mateo Yagame generó una profunda conmoción en La Plata y, especialmente, en el barrio de Los Hornos. Desde entonces, el expediente se convirtió en un caso testigo sobre los límites del sistema de responsabilidad penal juvenil frente a delitos graves cometidos por menores de edad no punibles, y sobre la capacidad real del Estado para sostener un seguimiento integral en este tipo de situaciones.
Una decisión basada en la falta de condiciones objetivas
Durante la audiencia en la que se resolvió la continuidad de la medida de resguardo, la Justicia dejó en claro que no se trata de una sanción penal, sino de una medida excepcional orientada a garantizar el control institucional del acusado y la protección de terceros. Sin embargo, el juez remarcó que cualquier análisis sobre una eventual externación requiere información concreta y actualizada, algo que hoy no existe en el expediente.
Según se detalló, a lo largo del último año no se produjeron informes clave de carácter psicológico, social y educativo que permitan evaluar la situación real del menor. Tampoco se avanzó de manera efectiva en la implementación de distintas medidas dispuestas en instancias anteriores, lo que dejó al proceso judicial sin herramientas técnicas para adoptar una decisión diferente.
Esta falta de avances fue considerada determinante para sostener la continuidad del alojamiento institucional. En ese sentido, la resolución advierte que no se puede evaluar un cambio de régimen sin contar con un diagnóstico actualizado que permita medir riesgos, contexto familiar, nivel de contención y posibilidades de reinserción.
Medidas ordenadas que nunca se cumplieron
Uno de los aspectos más sensibles que surgen del fallo es la constatación de que varias de las medidas dispuestas por la propia Justicia quedaron en el papel. Programas de seguimiento, evaluaciones interdisciplinarias y dispositivos de acompañamiento que debían implementarse no se llevaron adelante o quedaron inconclusos.
Desde el ámbito judicial se subrayó que estas falencias no son atribuibles únicamente al menor o a su entorno, sino que responden a deficiencias estructurales del sistema. La fragmentación entre los distintos organismos estatales que intervienen en este tipo de causas vuelve a aparecer como un problema central, especialmente cuando se trata de casos de alta complejidad.
La ausencia de informes no solo impide analizar una posible liberación, sino que también expone una situación más profunda: la falta de un abordaje sostenido y efectivo en el tiempo, incluso en expedientes de extrema gravedad.
El impacto del caso en la comunidad
El homicidio de Mateo Yagame dejó una marca profunda en la comunidad de Los Hornos. Vecinos, familiares y allegados a la víctima reclamaron desde el inicio respuestas claras por parte del Estado y un seguimiento riguroso del caso, más allá de las limitaciones legales que impone la inimputabilidad.
Para la familia de Mateo, la decisión de la Justicia de sostener la medida de resguardo representa una señal de prudencia frente a un expediente que aún presenta vacíos importantes. Sin embargo, también vuelve a poner en evidencia el paso del tiempo sin avances significativos en la evaluación integral del acusado.
El caso se transformó, además, en un punto de referencia en el debate público sobre inseguridad, menores y sistema judicial. La imposibilidad de aplicar una condena penal tradicional no eliminó la demanda social de justicia, sino que la trasladó al plano del control institucional y la responsabilidad del Estado.
La inimputabilidad y sus límites
Desde el punto de vista legal, el acusado fue declarado inimputable por su edad al momento del hecho, lo que impide avanzar en un proceso penal clásico. No obstante, la normativa vigente contempla la posibilidad de disponer medidas excepcionales de resguardo cuando se trata de hechos de extrema gravedad.
En ese marco, la Justicia sostuvo desde el inicio que la inimputabilidad no implica ausencia de intervención estatal. Por el contrario, exige un abordaje más complejo, que combine protección de derechos, control institucional y prevención de nuevos hechos violentos.
El problema, según queda expuesto en la resolución, no es el marco legal en sí, sino la falta de cumplimiento efectivo de las herramientas que ese marco prevé. Sin informes, sin seguimiento y sin evaluaciones periódicas, el sistema queda paralizado y sin capacidad real de decisión.
Un sistema bajo la lupa
La continuidad de la medida de resguardo vuelve a poner en discusión el funcionamiento del sistema de responsabilidad penal juvenil en la provincia de Buenos Aires. La escasez de recursos, la sobrecarga de los equipos técnicos y la falta de articulación entre organismos aparecen como factores recurrentes en este tipo de expedientes.
Desde el ámbito judicial se remarcó que no se puede avanzar en decisiones de alto impacto sin información confiable. Liberar a un menor inimputable acusado de un homicidio sin contar con evaluaciones actualizadas fue considerado un riesgo inaceptable, tanto para la sociedad como para el propio acusado.
Al mismo tiempo, el fallo deja un mensaje claro hacia los organismos responsables de producir esos informes: la falta de cumplimiento no es una cuestión menor y tiene consecuencias directas en el desarrollo de las causas.
Qué puede pasar en los próximos meses
La resolución establece un plazo mínimo de dos meses antes de volver a analizar la situación del menor. Durante ese período, se espera que finalmente se produzcan los informes pendientes y se implementen las medidas que habían sido ordenadas con anterioridad.
No se descarta que, una vez incorporados esos elementos, la Justicia convoque a una nueva audiencia para evaluar los próximos pasos. Sin embargo, el fallo deja en claro que cualquier modificación del régimen actual estará supeditada a la existencia de condiciones objetivas y verificables.
Mientras tanto, el menor continuará alojado en el dispositivo de resguardo dispuesto por la Justicia, bajo supervisión institucional.

Un expediente que sigue abierto
A más de un año del homicidio de Mateo Yagame, el expediente sigue abierto no solo en términos judiciales, sino también en el debate público. El caso expone con crudeza las tensiones entre el marco legal vigente, las demandas sociales de justicia y las limitaciones estructurales del Estado para dar respuestas rápidas y eficaces.
La decisión de sostener la medida de resguardo no cierra la causa, pero marca un límite claro: sin informes, sin seguimiento y sin cumplimiento de las medidas ordenadas, no habrá lugar para evaluar una liberación.
En ese escenario, el caso de Mateo Yagame continúa siendo una herida abierta en La Plata y un recordatorio permanente de las deudas pendientes del sistema frente a los delitos más graves.





