La traba de la Justicia a Milei: suspenden artículos clave del DNU que limitaban el derecho a huelga

En una nueva señal de freno institucional al avance del Poder Ejecutivo, la Justicia del Trabajo volvió a marcarle límites al presidente Javier Milei. Esta vez, la jueza Moira Fullana, titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°3, resolvió suspender los artículos 2 y 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, que había sido impulsado por el Gobierno en diciembre pasado con el argumento de “desregular la economía”.

El fallo representa un nuevo revés para la administración libertaria y fue recibido con entusiasmo por la Confederación General del Trabajo (CGT), que había presentado el pedido de medida cautelar. La central sindical cuestionó desde un principio que el DNU avanzaba sobre derechos constitucionales de los trabajadores, particularmente el derecho a huelga, al redefinir qué actividades deben ser consideradas “servicios esenciales”.

¿Qué suspendió exactamente la Justicia?

La jueza Fullana dictó una medida cautelar contra los artículos 2 y 3 del DNU. Esos puntos modificaban la Ley 25.877 y otras normativas laborales para ampliar el listado de actividades consideradas esenciales, estableciendo exigencias más duras para las medidas de fuerza.

Con el decreto en vigor, sectores como la salud, la educación, el transporte, los servicios financieros y hasta las telecomunicaciones debían garantizar una cobertura mínima del 75% durante una huelga, lo que en los hechos neutralizaba la protesta gremial. La CGT advirtió que esa normativa “vaciaba de contenido el derecho constitucional a huelga”, previsto en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

La jueza coincidió con esa postura y señaló en su resolución que tales transformaciones legales no pueden implementarse por decreto, ya que no reúnen los requisitos de “necesidad y urgencia” que justifiquen la omisión del Congreso. “Corresponde al Poder Legislativo debatir y sancionar cualquier reforma estructural en materia de derechos laborales”, sostuvo Fullana.

La cuestión de la competencia: otro eje del conflicto

Uno de los argumentos esgrimidos por el Gobierno nacional para intentar sortear la suspensión era que la causa debía pasar al fuero contencioso-administrativo federal, lo que hubiera dejado a la Justicia del Trabajo sin jurisdicción. Sin embargo, la jueza desestimó esa estrategia procesal: ratificó la competencia del fuero laboral para tratar la cuestión, lo que le da fuerza a los planteos realizados por los sindicatos.

Este punto no es menor. El Ejecutivo ya ha intentado varias veces correr los expedientes a fueros más afines o con mayor margen de discrecionalidad. Pero hasta ahora, los tribunales laborales se han mantenido firmes, consolidando una línea jurisprudencial adversa para el oficialismo.

Un DNU cada vez más cercado

La decisión de Fullana se suma a fallos anteriores que cuestionan diversos aspectos del DNU 70/2023. En enero, la Cámara Nacional del Trabajo había anulado todo el capítulo laboral del decreto, al considerar que no existía ninguna situación de emergencia que justificara reformar la legislación sin pasar por el Congreso.

Con esta nueva resolución, la Justicia vuelve a advertir que los límites constitucionales deben respetarse, incluso en contextos de crisis o con gobiernos que buscan legitimarse por vía del plebiscito electoral.

Desde la CGT, que prepara nuevos pasos judiciales contra otras partes del DNU y evalúa una estrategia conjunta con la CTA, se celebró el fallo. «Esto ratifica que no se puede gobernar a decretazo limpio. El Congreso y la Justicia tienen que funcionar», señalaron fuentes de la central obrera.

El Gobierno anticipa apelación

En Casa Rosada no cayó bien la resolución judicial. Voceros del Ejecutivo adelantaron que apelarán ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, alegando que se trata de una cuestión que excede el fuero laboral y que “entorpece el rumbo reformista” del gobierno.

Sin embargo, la Corte Suprema ya ha dejado entrever, en fallos anteriores, que no avalará fácilmente el uso abusivo de los DNU. De hecho, la doctrina “Verrocchi”, que establece límites claros al uso de decretos en temas que deben tratarse legislativamente, sigue siendo un antecedente difícil de esquivar.

Una señal para el futuro político y sindical

Este fallo, más allá de su efecto jurídico inmediato, tiene una fuerte carga simbólica: representa un límite al intento del Gobierno de modificar por decreto derechos laborales adquiridos. En medio de un clima de tensión con las organizaciones gremiales y mientras se barajan nuevas convocatorias a paros generales, la resolución de la jueza Fullana podría convertirse en una herramienta clave de resistencia legal frente al avance del modelo libertario.

Por lo pronto, lo que queda claro es que el Poder Judicial se convierte, una vez más, en actor central del tablero político argentino, y que la «traba» a las reformas por DNU podría profundizar el conflicto institucional que atraviesa el país.

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